¿Qué es el Modelo 145 del IRPF?

Para cualquier trabajador es fundamental conocer el modelo 145 relacionado directamente con el pago del impuesto IRPF. Este modelo informa al pagador de los datos personales y familiares del trabajador, para que así este pueda calcular las diferentes retenciones sobre la “Renta de las Personas Físicas” (IRPF) y poder generar una correcta retención de IRPF del trabajador.

En BNA Consultores hemos realizado este artículo para tratar específicamente los diferentes aspectos relevantes del modelo 145 del IRPF.

¿Para quién es el modelo 145 de IRPF?

Todo trabajador de cualquier empresa, debe completar y actualizar el modelo 145 del IRPF al entrar a trabajar en una empresa o al realizar cambios de situación personal o familiar (dirección, estado civil, hijos, etc).

¿Cuándo se rellena el modelo 145 de IRPF? 

Al entrar a trabajar en una empresa. Se debe rellenar el modelo 145 para informar a la empresa de la situación personal y/o familiar del trabajador. Dicho trabajador deberá volver a cumplimentar el modelo 145 de IRPF si se realiza cualquier cambio en su vida familiar o personal.

¿Qué pasa si no relleno y presentó el modelo 145 correctamente?

Rellenar y entregar el modelo 145 es fundamental para que se retenga el IRPF adecuado. 

No hacerlo puede generar:

  • La aplicación de un IRPF superior en la nómina: lo que hará que el líquido a percibir sea inferior al que debería percibir el trabajador, es decir, se cobrará menos.
  • La aplicación de un IRPF inferior en la nómina: lo que hará que el líquido a percibir sea superior al que debería percibir el trabajador, es decir, se cobrará demás. Esto genera una sanción por parte de la Agencia Tributaria entre un 35% y un 150% sobre el dinero que se ha dejado de pagar.

¿Cómo se rellena el modelo 145 de IRPF?

El modelo 145 de IRPF consta de 7 apartados:

  1. Identificación y situación familiar

Datos personales: nombre, apellidos, fecha de nacimiento y DNI (entre otros). 

También se indica en él:

Situación familiar: a elegir entre 3 opciones.

Discapacidad (en caso de tenerla): marcar si se encuentra entre el 33% y el 65%, si supera el 65% o si es necesaria la ayuda de terceras personas o se tiene movilidad reducida.

Movilidad geográfica: si, tras estar en el paro, se ha encontrado un trabajo que necesite de un cambio de domicilio habitual a una nueva ubicación.

En último punto, debe aclararse si se han obtenido rendimientos con período de generación superior a dos años durante los cinco períodos impositivos anteriores.

2. Hijos y otros descendientes

Se pondrán – en el caso de tenerlos – los datos correspondientes a los hijos y otros descendientes (nietos, por ejemplo), menores de 25 años o discapacitados que sean convivientes y no ingresen más de 8.000 € al año.

Las familias monoparentales, por su parte, deberán marcar la casilla ‘Cómputo por entero de hijos o descendientes’ si el hijo o descendiente solo convive con ellos y no existe custodia compartida.

3. Ascendientes

Se incorpora la información sobre los ascendientes con más de 65 años de los que se esté a cargo (y que no ingresen más de 8.000 € anuales) y de aquellos que, sin superar esta edad, tengan algún tipo de discapacidad.

4. Pensiones y anualidades por alimentos

En el caso de abonar alguna pensión alimenticia (por los hijos) o una pensión compensatoria (a un cónyuge), debería marcarse en este punto del modelo 145.

5. Deducción por financiación ajena para la vivienda habitual

Se marca la casilla de este apartado si se está realizando algún pago por la compra o rehabilitación de una vivienda habitual con financiación ajena (una hipoteca) y siempre:

– Si la casa se adquirió antes de 2013.

– Si no percibe una renta superior a  33.007,2 € al año.

6. Firma y fecha

Corresponde a la rúbrica por parte de trabajador y empresa.

7. Acuse de recibo

Firmado por el empleador, sirve como justificante de que se ha entregado el modelo 145 y que la empresa, por tanto, debe aplicar el porcentaje de IRPF en base a lo plasmado en él.

Descarga en este link el modelo 145 directamente de la Agencia Tributaria de España.

En BNA Consultors somos expertos en asesoría fiscal, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de comunicacio@bna.cat o llamando al 977 60 05 00 y te ayudaremos y aconsejaremos sin ningún problema.

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